20 de septiembre de 2025
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Investigados un menor y su padre en Laguna por conducir sin carnet

Actualidad

19 de septiembre de 2025

Ambos estarían incurriendo en un supuesto delito contra la seguridad vial al carecer permiso de conducción el primero y por permitir los hechos el segundo

La Guardia Civil ha procedido a la investigación de un menor y su padre, en el término de Laguna de Duero, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial por carecer de permiso para la conducción por no haberlo obtenido nunca y la de su padre como cooperador necesario, al permitir la conducción del menor a sabiendas de que carece de la habilitación necesaria.

Los hechos se iniciaron tras una investigación policial en la que se analizaron las grabaciones contenidas en un teléfono móvil. En dichas imágenes se observaba a un menor conduciendo un vehículo a motor por la vía publica, acompañado de una persona mayor edad. La Guardia Civil comprobó que el conductor era, efectivamente, menor de edad y carecía de la habilitación necesaria para conducir. Además, se constató que la persona que viajaba en el asiento delantero derecho era el padre del menor, quien permitió expresamente la conducción de su hijo.  

Seguidamente se procedió a la investigación de dicho conductor por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial por carecer de permiso para la conducción al no haberlo obtenido nunca y la de su padre como cooperador necesario, al permitir la conducción del menor a sabiendas de que carece de la habilitación necesaria.

La conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso o licencia de conducción por no haberla obtenido nunca es el exponente de la conducción más inapropiado y crea un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, al no haber adquirido los conocimientos apropiados para ello.

Se recuerda que el Artículo 384 del código penal castiga al conductor de un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, y este será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realice la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que conduzca un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

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